El hombre luego de acceder carnalmente cayó en la trampa de la víctima, quien finalmente lo llevó ante las autoridades.
El juez Helder Said Durán Rodríguez, del Juzgado Segundo Penal del Circuito de Santa Marta, emitió una sentencia condenatoria de 9 años y 4 meses de prisión contra Edwin Junior Montero Ramos, mototaxista acusado de violación agravada.
La decisión se fundamenta en una serie de pruebas presentadas por la Fiscalía que, según el despacho, demuestran con certeza la culpabilidad del procesado, quien actuó con plena conciencia de su conducta ilícita y aprovechó su rol para ganar la confianza de la víctima.
Los hechos ocurrieron el 5 de junio de 2022, cuando la joven abordó la motocicleta de Montero en el barrio 11 de Noviembre para dirigirse a una panadería en la avenida del Libertador. Sin embargo, en el trayecto, el mototaxista desvió su camino hacia una trocha desolada en la Vía Alterna al Puerto. Allí, bajo amenazas, la sometió a una agresión sexual.
La captura en flagrancia del acusado se logró cuando la víctima, aparentemente no le hizo mayor reclamo y le pidió que fueran a otro lugar; no obstante al ver una patrulla de policía en el camino de regreso, se tiró de la motocicleta y denunció a Montero ante los uniformados.
La sentencia detalla los elementos probatorios que sustentaron la condena: desde el Informe de Policía y el Acta de Incautación de la motocicleta, hasta la declaración jurada de la víctima y su pareja, junto con pruebas técnicas que apuntaban directamente al mototaxista como responsable.
En su fallo, el juez señaló que el acusado “actuó en condiciones de imputabilidad, con plena capacidad para comprender la ilicitud de su acto”.
Además, anotó el riesgo social al que expone este tipo de conducta cuando se disfraza bajo la fachada de una actividad laboral como el mototaxismo.
Durán Rodríguez enfatizó que el delito no fue fortuito, y que es probable que el acusado utilizara regularmente esta zona para perpetrar otros ataques.
Esta afirmación se basa en la declaración de la víctima, quien sugirió que el procesado conocía bien el lugar al que la llevó. El juez también señaló la problemática del mototaxismo, una actividad sin regulación estatal que en ocasiones es la única alternativa laboral para jóvenes en condiciones de vulnerabilidad, pero que, como en este caso, puede tornarse en una fachada para actividades ilícitas.
La condena
Además de los 112 meses de prisión, la sentencia impone a Montero Ramos una inhabilitación de 149 meses para ejercer funciones públicas y una prohibición para conducir vehículos automotores por el mismo tiempo.
También se le negó cualquier posibilidad de prisión domiciliaria o suspensión de la ejecución de la pena, dado el riesgo que representa su conducta.