La medida es por tres meses, tiempo durante el cual los maestros vinculados no recibirán pago durante este tiempo.
A través de un comunicado, la Alcaldía Distrital de Santa Marta, a través de la Oficina de Asuntos Disciplinarios, informó que tres docentes adscritos a la Secretaría de Educación Distrital de Santa Marta fueron suspendidos provisoriamente.
Se trata de María Del Carmen Ceballos Redondo, Roberto Carlos Núñez y Carmen Elena Perozo Pérez.
De acuerdo con la misiva, la decisión fue tomada en el marco de sus funciones constitucionales y legales, mediante Autos con fecha del 30 de mayo de 2024.
La medida, que tiene una duración de tres meses y fue aplicado sin derecho a remuneración, y está fundamenta en la presunta falsificación de título académico por parte de los docentes, conducta objeto de reproche disciplinario.
De los tres casos el que más cobra relevancia es el de la docente María del Carmen Ceballos Redondo, debido que ella estuvo por varios años como la presidente del sindicato de docentes del Magdalena, Edumag.
Cabe anotar, que la suspensión provisional no constituye una sanción, sino más bien una medida preventiva de carácter temporal.
Así s mismo, tiene como fin evitar la reiteración de conductas presuntamente irregulares por parte de los docentes, en aras de proteger el interés general y garantizar la calidad educativa en el distrito de Santa Marta. Además, se enfatiza que esta decisión no afecta la presunción de inocencia de los implicados.
Por último, el Jefe de la Oficina de Asuntos Disciplinarios rememoró que la importancia en la acreditación del título profesional como licenciado radica en la necesidad de proporcionar educación de calidad a los niños y niñas del distrito de Santa Marta.
La presunta falta cometida por los investigados, además de transgredir los deberes que les correspondían como servidores públicos, generó una vulneración de derechos de los estudiantes de las instituciones educativas en donde dictaron y dictan clases.
Las conductas expuestas, generaron serios elementos de juicio que sustentan la suspensión provisional, pues sus idoneidades para ejercer sus cargos supuestamente no se derivaron de ningún título universitario, lo que posiblemente transgredió los principios que sustentan la función administrativa, especialmente el de la moralidad.